VI
Decreto ley 8.127
Decreto ley 8.127
Buenos Aires, 17 de Julio de 1957.
VISTA: La vacante producida por renuncia del señor don Joaquín D. Otero, al cargo de colaborador para la redacción del “Libro negro de la segunda tiranía”. Dispuesto por decreto ley número 14.988/56
El Presidente provisional de la Nación Argentina, en ejercicio del Poder Legislativo,
DECRETA CON FUERZA DE LEY
Artículo 1º - Designase colaborador para le redacción del “Libro negro de la segunda tiranía” al doctor don Juan O. De Tomás M. I. 5.104.397, en reemplazo del señor don Joaquín D. Otero, a quien se le acepta la renuncia presentada.
Artículo 2º - El presente decreto ley será refrendado por el señor vicepresidente provisional de la Nación y los señores ministros secretarios de Estado en los departamentos de Interior, Aeronáutica, Guerra y Marina.
Artículo 3º - Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección General del Boletín Oficial y archívese.
ARAMBURU
Isaac Rojas – Carlos R. S. Alconada Aramburú – Eduardo E. Mc Loughlin – Víctor J. Majó – Teodoro Hartung.
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