Proyecto de Resolución - violaciones a la libertad de expresión por el gobierno peronista (varias)

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

La Honorable Cámara de Diputados de la Nación

RESUELVE:

Dirigirse al Poder Ejecutivo de la Nación (1), para que a la brevedad posible de sirva informar verbalmente o por escrito sobre los siguientes puntos:

1º- Cuáles son las razones por las que se mantienen allanadas por tan largo tiempo las autonomías de las provincias de Salta y Buenos Aires con la intervención decretada al Poder Judicial.

2º- Cómo es posible que desde febrero de 1951, es decir, a más de dos años de la intervención de la provincia de Salta, el interventor judicial, miembro de la Corte Suprema de la Nación, no hubiere podido dar término a su cometido, no obstante que sólo alcanza a 21 el número total de jueces de los distintos fueros, incluidos los fiscales.

3º- Cómo se explica que estableciéndose, en los considerandos del decreto de intervención, que ella se originaba en la “morosidad de la justicia” y en la falta de adecuación de esa justicia al “nuevo espíritu”, no se hubieren producido hasta la fecha las acusaciones respectivas a los magistrados arbitrarios o negligentes y ofreciendo a los mismos la oportunidad de las defensas respectivas.

4º- Si es exacto, que el interventor, como integrante del Poder Judicial de la Nción, comprometiendo la autonomía de sus funciones con el cargo de interventor y en descuido de las tareas normales de su cargo de miembro de la Corte Suprema, está al servicio de otro poder del Estado percibiendo una elevada suma en concepto de sueldos y viáticos. A cuanto asciende esa suma mensual.

5º- Si tiene conocimiento el Poder Ejecutivo que don David Michel Torino, director del diario “El Intransigente” de Salta, y figura prestigiosa nacional de la Unión Cívica Radical, lleva más de veintisiete meses de detención, no obstante sus reiteradas reclamaciones en demanda de justicia.

6º- Si tiene igualmente conocimiento que, no obstante habérsele despojado de la mayor parte de sus bienes, se continúa en el régimen de arbitrariedad con el propósito de obtener su descrédito moral, con claro sentido de venganza política, utilizándose para ello toda clase de irregularidades en el procedimiento judicial, valuaciones arbitrarias, atribuciones, atribuciones impositivas ilegítimas, designaciones de empleados y administradores judiciales incompetentes con sueldos excesivos, gastos incontrolados y favoritismos incompatibles con la justicia, y todo ellos se utiliza como fundamento de la privación de libertad y despojo de los bienes.

7º- Si es exacto que en todas esas actuaciones interviene el juez doctor Luis R. Casermeiro, designado por el interventor doctor Atilio Pesagno, y el administrador judicial Víctor Hugo Visconti.

8º- Qué medidas piensa tomar el Poder Ejecutivo para dar término a esta nueva serie de atropellos que comprometen el régimen de derecho que fundamenta la vida institucional de la República.

Santiago I. Nudelaman.


NOTAS:
(1) A cargo en ese momento de Juan Domingo Perón. (nota del transcriptor).

Fuente: “Justicia Social”, Santiago I. Nudelman – Buenos Aires 1953 página 154 a 158.