Comisión 2
Irregularidades Administrativas imputables al Presidente Depuesto parte 2
Juan Domingo Perón se halla incurso en delitos previstos en la Convención Internacional del 9 de diciembre de 1948
Buenos Aires, Febrero 17 de 1956
Al Señor presidente de la Comisión Nacional de Investigaciones.
En el desarrollo del capítulo de su plan de trabajo, concerniente a los “Delitos de lesa patria, crímenes, etcétera” imputables al mandatario depuesto, esta Comisión Investigadora ha analizado algunas de las comprobaciones realizadas por diversos organismos, así como también elementos de juicio de carácter público (discursos etcétera) y ello le ha permitido llegar a ciertas conclusiones que elevo a esa Comisión Nacional de Investigaciones, a los efectos pertinentes.
I – Introducción
Crímenes internacionales.- Existen normas para hacer frente a ciertos crímenes internacionales, como por ejemplo, el tráfico de esclavos, la producción y comercio ilegal de estupefacientes, la piratería, la trata de blancas y el tráfico de menores. Se han firmado convenios internacionales sobre estos crímenes y cualquiera que sea culpable de ellos puede ser juzgado y castigado, no solo en su propio país, sino en cualquier país adonde huya, siempre que ese país haya adherido a una convención de esta clase. Se estima que debería aplicarse el mismo procedimiento al genocidio. (Recopilación del Departamento de Información Pública de las Naciones Unidas. Nº 27, del 8-1-1948).
Declaración de los Derecho Humanos, del 10-12-1948. – Artículo 12. Todos tienen derecho a buscar y gozar asilo en otros países, contra las persecuciones. Los juicios originados por crímenes no políticos o actos contrarios a los propósitos y principios de la Naciones Unidas no constituyen persecución.
Revivida por los gobiernos totalitarios de las últimas décadas, la intencional eliminación de agrupaciones humanas por diferencias raciales, políticas, religiosas, etcétera, es acción indigna de la civilización alcanzada por las generaciones actuales, cuyo clamor ha recogido la Organización de las Naciones Unidas traduciéndola en la convención Internacional (anexo 1) destinada a prevenir y castigar el delito de genocidio y aprobada por resolución 260-A (III) de la Asamblea General, en la 179ª sesión plenaria del 9 de diciembre de 1958, con el voto unánime de los 56 miembros presentes, inclusive la República Argentina (ausentes: Costa Rica y El Salvador).
(NOTA del transcriptor: se trata de la “ Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio” que desde 1994 está incluida en el artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional Argentina como uno de los tratados con jerarquía constitucional)
Dicha asamblea internacional, además de calificar al genocidio de “ultraje a la conciencia universal” y como “la negación del derecho de existencia de los grupos humanos”, ha estipulado que, como ningún precepto legal u órdenes superiores pueden justificar el crimen”, “los perpetradores de genocidio deberán ser castigados, ya sean gobernantes, funcionarios públicos o individuos particulares”, en el concepto de que el genocidio es un delito de derecho internacional, contrario al espíritu y a los fines de las Naciones Unidas y que el mundo civilizado condena”.
Además la convención aprobada establece en su artículo 3º que no solo debe castigarse el genocidio en si, sino también la “asociación” para cometerlo, “la instigación directa y pública” para su ejecución, la tentativa y la complicidad”.
Al definir el delito, la convención dice: (artículo 2º) “que se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal.”
a) Matanza de miembros de un grupo;
b) Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo;
c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción total o parcial, etcétera.
Por otra parte y como lo explica el profesor Rafael Lemkin, de la Universidad de Yale, ex consejero fiscal norteamericano en los juicios de Nüremberg y gestor principal de la Convención del 9 de diciembre de 1948, también constituye genocidio: “en el campo político”, la destrucción “de instituciones de gobierno propio”; en el campo cultural, la prohibición o destrucción de “instituciones y actividades culturales” y la distorsión de la educación racional, “a fin de impedir un pensamiento humanístico”, que se considera peligroso por cuanto conduce a la independencia de juicio; y “en el campo religioso”, la interferencia con las actividades de la Iglesia, por cuanto pudiera contribuir a condenar los actos y fines de la tiranía gobernante.
En lo relativo a la sanción del delito y sus concomitantes, la Convención estipula en su artículo 5º el compromiso de que las partes contratantes adopten las medidas y promulguen las leyes punitivas correspondientes. También estipula (artículo 7º), que el genocidio y demás delitos concomitantes no serán considerados delitos políticos a los efectos de la extracción, por cuyo motivo ésta deberá ser concedida.
Complementariamente, cabe señalar que entre los considerandos de la Convención se deja sentado el concepto de que para liberar a la humanidad de un flagelo tan odioso se necesita la cooperación internacional.
La definición contenida en el artículo II de la convención parece haber sido inspirada por las persecuciones de los nazis contra los judíos; pero es evidente que cuadran en ella de modo perfecto los procedimientos criminales aplicados por los Estados policiales a cuantos no se someten dócilmente a los despóticos caprichos de sus autoridades; persecución, cárcel, tormentos, mutilación, confinamiento en campos de concentración, muerte, destrucción de la familia, etcétera, mas la negativa sistemática a cuanto signifique libertad de cultura, de religión, de opinión, etcétera, para los componentes del grupo indócil.
Aunque votada por la misma asamblea general un día antes que la Declaración Universal de Derechos Humanos
Declaración Universal de Derechos Humanos (anexo 14), la Convención contra el delito de Genocidio y Concomitantes es una consecuencia natural de aquella y uno de los instrumentos de derecho internacional destinados a imponer en el mundo los principios fundamentales que ella establece.
De ello resulta que si “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derecho” (artículo 19); si “tienen derecho a la vida, la libertad y la seguridad” (artículo 3º); si “nadie debe ser sometido a torturas o a tratamientos o castigos crueles, inhumanos o degradantes” (artículo 4º), si “nadie debe ser sometido a arrestos, detenciones o destierros arbitrarios” (artículo 7º); si “todo acusado de un delito punible tiene derecho a ser considerado inocente hasta que se pruebe su culpabilidad de acuerdo con la ley “en juicio público, en el que debe contar con todas las garantías necesarias para su defensa” (artículo 9º), y sin ninguna de estas reglas se observa y respeta, como tampoco se observa y respeta ninguna ley nacional inspirada en iguales principios, la acción punitoria contra los culpables de tales atentados de lesa humanidad debe alcanzarlos en donde se los encuentre, porque “los juicios originados por crímenes no políticos o actos contrarios a los propósitos y principios de las Naciones Unidas, no constituyen persecución” (artículo 12).
II – Situación argentina frente a la convención del 9/XII/1948
La República Argentina votó a favor de dicha convención internacional el 9 de diciembre de 1948, pero su gobierno despótico, secundado por un Parlamento complaciente y servil, nunca ratificó aquel voto (anexo 2) ni explico la causa de tal actitud, a pesar de haber sido planteada la respectiva cuestión, en la Cámara de Diputados, el 28 de julio de 1954 (Proyecto de Resolución del diputado Nudelman; anexo 3). Y, menos aún, jamás propició ante el Congreso Nacional la sanción de las leyes de prevención y de castigo que la convención estatuye.
Sin embargo, la delegación argentina ante la ONU había intervenido activamente en la discusión del proyecto de convención y había compartido absolutamente el espíritu que determinará la creación de aquella, hasta el punto de haberse opuesto a la transferencia, el preámbulo de la convención, de lo prescrito en el artículo 1º (que califica el delito y establece el compromiso de prevenirlo y castigarlo), para no restar fuerza ejecutiva a la calificación y al compromiso enunciado (anexo 2).
De ahí que la explicación del proceder del gobierno de entonces, absolutamente contrario a la tradición argentina de sentimientos humanitarios y de pueblo defensor de los derechos del hombre, deba buscarse en el carácter sui generis y en ciertos actos de la misma especie de aquel gobierno, el cual, tras la mascarada de amor a la tradición argentina y al pueblo de la República, escondía sentimientos inhumanos de refinada perversidad, sólo admisibles en el espíritu maligno de un tirano vil por naturaleza y resentido social por esencia, que no tiene otra norma de conducta que su voluntad vesánica.
Súmese a ello, como un detalle más para completar el relato, la conocida germanofilia totalitaria del ex mandatario cuya última manifestación pública lleva fecha 27 de abril de 1955 (anexo 4).
En el capítulo siguiente, el análisis de diversos actos y declaraciones públicas del mandatario depuesto por la Revolución Libertadora nos muestra, implícita en ellos y con elocuencia singular, la única explicación posible de la insólita conducta argentina con respecto al citado instrumento internacional.
(NOTA del Transcriptor: La Convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio fue adoptada por Decreto-ley 6286 del 1956 por el Gobierno del Presidente Lonardi)
III – Delitos cometidos
1 En la orden general Nº 1 (anexo 5), impartida el 18 de abril de 1952 a los ministros del Poder Ejecutivo, a los Gobernadores de Provincias y a las tres ramas de organización partidaria oficial, por intermedio del organismo del neto corte totalitario creado por dicho gobierno y que se llamaba Control de Estado, se establece que las fuerzas de choque del peronismo (CGT, PPM, PPF y los demás contingentes justicialistas)
“formarán un frente sólido, activo y enérgico con la misión fundamental de aniquilar a las fuerza adversarias, dirigentes y perturbadores, con todos los medios y con la mayor energía y decisión, ante cualquier preparativo o intento de alteración del orden público”.
(NOTA del Transcriptor: CGT es la “Confederación General del Trabajo” entidad gremial única (en contravención a los postulados de libertad sindical de la OIT –Organización Internacional del Trabajo) que respondía a Perón y a su Señora por la cual el matrimonio presidencial sojuzgaba a todos los trabajadores impidiendo la libertad de asociación sindical bajo la falaz consigna de que “todos unidos venceremos”. La PPM es la “Rama del Partido Peronista Masculino” o “Rama Masculina” y la PPF es la “Rama del Partido Peronista Femenino” o “Rama Femenina”)
Luego, al estipular los procedimientos para alcanzar los objetivos perseguidos, se sienta la norma a seguir, ordenando: “Al atentado contestar con miles de atentados”, o sea estableciendo la ley del desorden y el terror, por medio de la turba desenfrenada e irresponsable, como el “malón” salvaje de las pampas y no como la “guerrilla” organizada y reconocida por las leyes de la guerra.
Bien puede escribir ahora el ex gobernante que “la fuerza es el derecho de las bestias”, porque, indudablemente, fue su doctrina de gobierno.
También expresa dicha órden general Nº 1 “que para cumplir este propósito (“al atentado contestar con miles de atentados”) se han confeccionado listas de objetivos, de locales y organizaciones extranjeras enemigas de nuestro gobierno, que actúan en común con los complotados, y de personas opositoras que deben ser suprimidas sin más en caso de atentado al excelentísimo señor presidente de la Nación”; algo así con un apres moi le déluge, que revela una mentalidad cobarde y morbosa.
Y, en efecto, las listas fueron hechas y distribuidas a las fuerzas de choque, con una nota preliminar que dice, entre otras cosas (anexo 6):
- Las presentes listas serán aumentadas a medida que nuevas investigaciones permitan actualizarlas.
- En la parte correspondiente a las sedes de partidos políticos se han colocado las circunscripciones electorales de la Capital Federal, donde el 11 de noviembre triunfó el radicalismo.
- El número arábigo colocado a la izquierda del nombre indica el grado de importancia de su acción opositora en forma progresiva de uno a cinco
-
Dichas listas llevan por títulos:
- Sedes de Partidos Políticos.
- Dirigentes opositores de activa militancia que deben ser considerados en el primer momento.
- Oligarcas y opositores en general.
- Organizaciones comerciales pertenecientes o/y vinculadas a elementos opositores.
- Embajada de los Estados Unidos de América.
- Embajada del Uruguay.
- Embajada de Chile.
- Asociaciones culturales de los Estados Unidos de América
- Personal militar.
En total, las listas comprenden 50 personas y organizaciones extranjeras, 11 sedes de partidos políticos opositores, 29 organizaciones comerciales y 322 nombres de personas de uno y otro sexo, a todos los cuales se los incluye por “adversarios”, “enemigos”, “perturbadores”, etcétera, es decir, por no someterse a la voluntad peronista (1).
Como armas complementarias para las fuerzas de choque encargadas de “suprimir sin más” a estos comentarios, el ministerio de Obras públicas recibió orden de fabricar buen número de cachiporras, como lo comprobara la Comisión Investigadora Nº 26 (anexo 7).
La orden general Nº 1 lleva la firma del mandatario depuesto (anexo 8), y cabe señalar que según declaración del ex ministro Dupeyron (anexo 9), la organización destructora que aquél había preparado y su resolución de ejecutar la destrucción de sus contrarios pueden medirse por las siguientes expresiones vertidas por él en una reunión de gabinete, posterior al 31 de agosto último, en la cual dijo:
“Que los partidos políticos no habían respondido a su llamado a la pacificación y si lo que querían era la guerra, la iban a tener, pues para eso era estratego y contaba con el ejército y la policía, y que además, en el barrio Norte de la Ciudad los jefes de manzana, provistos de tachos de nafta, a una orden suya, estaban en condiciones de incendiar los reductos de opositores existentes en dicha zona”.
Es de imaginar el terrible y espantoso cuadro de las numerosas casas de departamentos del barrio Norte, habitadas densamente, ardiendo como inmensas hogueras alimentadas con nafta y petróleo; no habría habido ninguna diferencia entre ellas y las de los judíos quemados y baleados por las fuerzas de choque de Hitler.
Que este propósito de aniquilar a los que el mandatario llamaba “oligarcas” y “enemigos” era una idea fija de su mente lo prueban las repetidas ocasiones en que los anatemizó y amenazó públicamente y en que despertó contra ellos el odio de las masas. Al efecto, veamos primero traducido en palabras del secretario general de la Confederación General del Trabajo este odio de clases; luego en algunas frases del ex mandatario, tomadas de sus discursos y arengas a las masas (anexo 10), los anatemas y amenazas de referencia y la incitación al odio y al crimen:
“En otros países en la América latina, la desorientación política, las infiltraciones sectarias y la alianza de los capitales de afuera con la oligarquía de adentro y los malos curas son el obstáculo más grande que se opone a que la del trabajo sea una fiesta… Los pueblos pierden su libertad de acción cuando se ven sometidos a esa triple alianza, formada por fuerzas que, según nuestras experiencias pasadas, conocían y aprovechaban nuestros dolores… Hoy el capitalista y el oligarca siguen teniendo participación directa en el dolor de los pueblos. El clero también… El clero predica la resignación de rodillas; nosotros lo preferimos a usted, general, que preconiza la dignidad erguida de cara al sol y nos enseña a pelear por la conquista de nuestros derechos” (En la concertación Obrera del 1º-V-1955)
Obsérvese, en las citas subsiguientes, la creciente progresividad maquiavélicamente demagógica:
“En este momento el gobierno no tiene oposición; tiene opositores. Estos, que no tienen a quien dirigir, emplean otros métodos, que son la mentira, el rumor, la calumnia y la infamia. Estas normas solamente pueden tenerlas los hombres débiles, y ellos no encontrarán hombres débiles, sino hombres que están convencidos de que deban cumplir, y cumplirán peleando si es necesario”. (Discurso del 24-VI-1947, en la Secretaría de Trabajo)
Juan Domingo Perón se halla incurso en delitos previstos en la Convención Internacional del 9 de diciembre de 1948
Buenos Aires, Febrero 17 de 1956
Al Señor presidente de la Comisión Nacional de Investigaciones.
En el desarrollo del capítulo de su plan de trabajo, concerniente a los “Delitos de lesa patria, crímenes, etcétera” imputables al mandatario depuesto, esta Comisión Investigadora ha analizado algunas de las comprobaciones realizadas por diversos organismos, así como también elementos de juicio de carácter público (discursos etcétera) y ello le ha permitido llegar a ciertas conclusiones que elevo a esa Comisión Nacional de Investigaciones, a los efectos pertinentes.
I – Introducción
Crímenes internacionales.- Existen normas para hacer frente a ciertos crímenes internacionales, como por ejemplo, el tráfico de esclavos, la producción y comercio ilegal de estupefacientes, la piratería, la trata de blancas y el tráfico de menores. Se han firmado convenios internacionales sobre estos crímenes y cualquiera que sea culpable de ellos puede ser juzgado y castigado, no solo en su propio país, sino en cualquier país adonde huya, siempre que ese país haya adherido a una convención de esta clase. Se estima que debería aplicarse el mismo procedimiento al genocidio. (Recopilación del Departamento de Información Pública de las Naciones Unidas. Nº 27, del 8-1-1948).
Declaración de los Derecho Humanos, del 10-12-1948. – Artículo 12. Todos tienen derecho a buscar y gozar asilo en otros países, contra las persecuciones. Los juicios originados por crímenes no políticos o actos contrarios a los propósitos y principios de la Naciones Unidas no constituyen persecución.
Revivida por los gobiernos totalitarios de las últimas décadas, la intencional eliminación de agrupaciones humanas por diferencias raciales, políticas, religiosas, etcétera, es acción indigna de la civilización alcanzada por las generaciones actuales, cuyo clamor ha recogido la Organización de las Naciones Unidas traduciéndola en la convención Internacional (anexo 1) destinada a prevenir y castigar el delito de genocidio y aprobada por resolución 260-A (III) de la Asamblea General, en la 179ª sesión plenaria del 9 de diciembre de 1958, con el voto unánime de los 56 miembros presentes, inclusive la República Argentina (ausentes: Costa Rica y El Salvador).
(NOTA del transcriptor: se trata de la “ Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio” que desde 1994 está incluida en el artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional Argentina como uno de los tratados con jerarquía constitucional)
Dicha asamblea internacional, además de calificar al genocidio de “ultraje a la conciencia universal” y como “la negación del derecho de existencia de los grupos humanos”, ha estipulado que, como ningún precepto legal u órdenes superiores pueden justificar el crimen”, “los perpetradores de genocidio deberán ser castigados, ya sean gobernantes, funcionarios públicos o individuos particulares”, en el concepto de que el genocidio es un delito de derecho internacional, contrario al espíritu y a los fines de las Naciones Unidas y que el mundo civilizado condena”.
Además la convención aprobada establece en su artículo 3º que no solo debe castigarse el genocidio en si, sino también la “asociación” para cometerlo, “la instigación directa y pública” para su ejecución, la tentativa y la complicidad”.
Al definir el delito, la convención dice: (artículo 2º) “que se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal.”
a) Matanza de miembros de un grupo;
b) Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo;
c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción total o parcial, etcétera.
Por otra parte y como lo explica el profesor Rafael Lemkin, de la Universidad de Yale, ex consejero fiscal norteamericano en los juicios de Nüremberg y gestor principal de la Convención del 9 de diciembre de 1948, también constituye genocidio: “en el campo político”, la destrucción “de instituciones de gobierno propio”; en el campo cultural, la prohibición o destrucción de “instituciones y actividades culturales” y la distorsión de la educación racional, “a fin de impedir un pensamiento humanístico”, que se considera peligroso por cuanto conduce a la independencia de juicio; y “en el campo religioso”, la interferencia con las actividades de la Iglesia, por cuanto pudiera contribuir a condenar los actos y fines de la tiranía gobernante.
En lo relativo a la sanción del delito y sus concomitantes, la Convención estipula en su artículo 5º el compromiso de que las partes contratantes adopten las medidas y promulguen las leyes punitivas correspondientes. También estipula (artículo 7º), que el genocidio y demás delitos concomitantes no serán considerados delitos políticos a los efectos de la extracción, por cuyo motivo ésta deberá ser concedida.
Complementariamente, cabe señalar que entre los considerandos de la Convención se deja sentado el concepto de que para liberar a la humanidad de un flagelo tan odioso se necesita la cooperación internacional.
La definición contenida en el artículo II de la convención parece haber sido inspirada por las persecuciones de los nazis contra los judíos; pero es evidente que cuadran en ella de modo perfecto los procedimientos criminales aplicados por los Estados policiales a cuantos no se someten dócilmente a los despóticos caprichos de sus autoridades; persecución, cárcel, tormentos, mutilación, confinamiento en campos de concentración, muerte, destrucción de la familia, etcétera, mas la negativa sistemática a cuanto signifique libertad de cultura, de religión, de opinión, etcétera, para los componentes del grupo indócil.
Aunque votada por la misma asamblea general un día antes que la Declaración Universal de Derechos Humanos
Declaración Universal de Derechos Humanos (anexo 14), la Convención contra el delito de Genocidio y Concomitantes es una consecuencia natural de aquella y uno de los instrumentos de derecho internacional destinados a imponer en el mundo los principios fundamentales que ella establece.
De ello resulta que si “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derecho” (artículo 19); si “tienen derecho a la vida, la libertad y la seguridad” (artículo 3º); si “nadie debe ser sometido a torturas o a tratamientos o castigos crueles, inhumanos o degradantes” (artículo 4º), si “nadie debe ser sometido a arrestos, detenciones o destierros arbitrarios” (artículo 7º); si “todo acusado de un delito punible tiene derecho a ser considerado inocente hasta que se pruebe su culpabilidad de acuerdo con la ley “en juicio público, en el que debe contar con todas las garantías necesarias para su defensa” (artículo 9º), y sin ninguna de estas reglas se observa y respeta, como tampoco se observa y respeta ninguna ley nacional inspirada en iguales principios, la acción punitoria contra los culpables de tales atentados de lesa humanidad debe alcanzarlos en donde se los encuentre, porque “los juicios originados por crímenes no políticos o actos contrarios a los propósitos y principios de las Naciones Unidas, no constituyen persecución” (artículo 12).
II – Situación argentina frente a la convención del 9/XII/1948
La República Argentina votó a favor de dicha convención internacional el 9 de diciembre de 1948, pero su gobierno despótico, secundado por un Parlamento complaciente y servil, nunca ratificó aquel voto (anexo 2) ni explico la causa de tal actitud, a pesar de haber sido planteada la respectiva cuestión, en la Cámara de Diputados, el 28 de julio de 1954 (Proyecto de Resolución del diputado Nudelman; anexo 3). Y, menos aún, jamás propició ante el Congreso Nacional la sanción de las leyes de prevención y de castigo que la convención estatuye.
Sin embargo, la delegación argentina ante la ONU había intervenido activamente en la discusión del proyecto de convención y había compartido absolutamente el espíritu que determinará la creación de aquella, hasta el punto de haberse opuesto a la transferencia, el preámbulo de la convención, de lo prescrito en el artículo 1º (que califica el delito y establece el compromiso de prevenirlo y castigarlo), para no restar fuerza ejecutiva a la calificación y al compromiso enunciado (anexo 2).
De ahí que la explicación del proceder del gobierno de entonces, absolutamente contrario a la tradición argentina de sentimientos humanitarios y de pueblo defensor de los derechos del hombre, deba buscarse en el carácter sui generis y en ciertos actos de la misma especie de aquel gobierno, el cual, tras la mascarada de amor a la tradición argentina y al pueblo de la República, escondía sentimientos inhumanos de refinada perversidad, sólo admisibles en el espíritu maligno de un tirano vil por naturaleza y resentido social por esencia, que no tiene otra norma de conducta que su voluntad vesánica.
Súmese a ello, como un detalle más para completar el relato, la conocida germanofilia totalitaria del ex mandatario cuya última manifestación pública lleva fecha 27 de abril de 1955 (anexo 4).
En el capítulo siguiente, el análisis de diversos actos y declaraciones públicas del mandatario depuesto por la Revolución Libertadora nos muestra, implícita en ellos y con elocuencia singular, la única explicación posible de la insólita conducta argentina con respecto al citado instrumento internacional.
(NOTA del Transcriptor: La Convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio fue adoptada por Decreto-ley 6286 del 1956 por el Gobierno del Presidente Lonardi)
III – Delitos cometidos
1 En la orden general Nº 1 (anexo 5), impartida el 18 de abril de 1952 a los ministros del Poder Ejecutivo, a los Gobernadores de Provincias y a las tres ramas de organización partidaria oficial, por intermedio del organismo del neto corte totalitario creado por dicho gobierno y que se llamaba Control de Estado, se establece que las fuerzas de choque del peronismo (CGT, PPM, PPF y los demás contingentes justicialistas)
“formarán un frente sólido, activo y enérgico con la misión fundamental de aniquilar a las fuerza adversarias, dirigentes y perturbadores, con todos los medios y con la mayor energía y decisión, ante cualquier preparativo o intento de alteración del orden público”.
(NOTA del Transcriptor: CGT es la “Confederación General del Trabajo” entidad gremial única (en contravención a los postulados de libertad sindical de la OIT –Organización Internacional del Trabajo) que respondía a Perón y a su Señora por la cual el matrimonio presidencial sojuzgaba a todos los trabajadores impidiendo la libertad de asociación sindical bajo la falaz consigna de que “todos unidos venceremos”. La PPM es la “Rama del Partido Peronista Masculino” o “Rama Masculina” y la PPF es la “Rama del Partido Peronista Femenino” o “Rama Femenina”)
Luego, al estipular los procedimientos para alcanzar los objetivos perseguidos, se sienta la norma a seguir, ordenando: “Al atentado contestar con miles de atentados”, o sea estableciendo la ley del desorden y el terror, por medio de la turba desenfrenada e irresponsable, como el “malón” salvaje de las pampas y no como la “guerrilla” organizada y reconocida por las leyes de la guerra.
Bien puede escribir ahora el ex gobernante que “la fuerza es el derecho de las bestias”, porque, indudablemente, fue su doctrina de gobierno.
También expresa dicha órden general Nº 1 “que para cumplir este propósito (“al atentado contestar con miles de atentados”) se han confeccionado listas de objetivos, de locales y organizaciones extranjeras enemigas de nuestro gobierno, que actúan en común con los complotados, y de personas opositoras que deben ser suprimidas sin más en caso de atentado al excelentísimo señor presidente de la Nación”; algo así con un apres moi le déluge, que revela una mentalidad cobarde y morbosa.
Y, en efecto, las listas fueron hechas y distribuidas a las fuerzas de choque, con una nota preliminar que dice, entre otras cosas (anexo 6):
- Las presentes listas serán aumentadas a medida que nuevas investigaciones permitan actualizarlas.
- En la parte correspondiente a las sedes de partidos políticos se han colocado las circunscripciones electorales de la Capital Federal, donde el 11 de noviembre triunfó el radicalismo.
- El número arábigo colocado a la izquierda del nombre indica el grado de importancia de su acción opositora en forma progresiva de uno a cinco
-
Dichas listas llevan por títulos:
- Sedes de Partidos Políticos.
- Dirigentes opositores de activa militancia que deben ser considerados en el primer momento.
- Oligarcas y opositores en general.
- Organizaciones comerciales pertenecientes o/y vinculadas a elementos opositores.
- Embajada de los Estados Unidos de América.
- Embajada del Uruguay.
- Embajada de Chile.
- Asociaciones culturales de los Estados Unidos de América
- Personal militar.
En total, las listas comprenden 50 personas y organizaciones extranjeras, 11 sedes de partidos políticos opositores, 29 organizaciones comerciales y 322 nombres de personas de uno y otro sexo, a todos los cuales se los incluye por “adversarios”, “enemigos”, “perturbadores”, etcétera, es decir, por no someterse a la voluntad peronista (1).
Como armas complementarias para las fuerzas de choque encargadas de “suprimir sin más” a estos comentarios, el ministerio de Obras públicas recibió orden de fabricar buen número de cachiporras, como lo comprobara la Comisión Investigadora Nº 26 (anexo 7).
La orden general Nº 1 lleva la firma del mandatario depuesto (anexo 8), y cabe señalar que según declaración del ex ministro Dupeyron (anexo 9), la organización destructora que aquél había preparado y su resolución de ejecutar la destrucción de sus contrarios pueden medirse por las siguientes expresiones vertidas por él en una reunión de gabinete, posterior al 31 de agosto último, en la cual dijo:
“Que los partidos políticos no habían respondido a su llamado a la pacificación y si lo que querían era la guerra, la iban a tener, pues para eso era estratego y contaba con el ejército y la policía, y que además, en el barrio Norte de la Ciudad los jefes de manzana, provistos de tachos de nafta, a una orden suya, estaban en condiciones de incendiar los reductos de opositores existentes en dicha zona”.
Es de imaginar el terrible y espantoso cuadro de las numerosas casas de departamentos del barrio Norte, habitadas densamente, ardiendo como inmensas hogueras alimentadas con nafta y petróleo; no habría habido ninguna diferencia entre ellas y las de los judíos quemados y baleados por las fuerzas de choque de Hitler.
Que este propósito de aniquilar a los que el mandatario llamaba “oligarcas” y “enemigos” era una idea fija de su mente lo prueban las repetidas ocasiones en que los anatemizó y amenazó públicamente y en que despertó contra ellos el odio de las masas. Al efecto, veamos primero traducido en palabras del secretario general de la Confederación General del Trabajo este odio de clases; luego en algunas frases del ex mandatario, tomadas de sus discursos y arengas a las masas (anexo 10), los anatemas y amenazas de referencia y la incitación al odio y al crimen:
“En otros países en la América latina, la desorientación política, las infiltraciones sectarias y la alianza de los capitales de afuera con la oligarquía de adentro y los malos curas son el obstáculo más grande que se opone a que la del trabajo sea una fiesta… Los pueblos pierden su libertad de acción cuando se ven sometidos a esa triple alianza, formada por fuerzas que, según nuestras experiencias pasadas, conocían y aprovechaban nuestros dolores… Hoy el capitalista y el oligarca siguen teniendo participación directa en el dolor de los pueblos. El clero también… El clero predica la resignación de rodillas; nosotros lo preferimos a usted, general, que preconiza la dignidad erguida de cara al sol y nos enseña a pelear por la conquista de nuestros derechos” (En la concertación Obrera del 1º-V-1955)
Obsérvese, en las citas subsiguientes, la creciente progresividad maquiavélicamente demagógica:
“En este momento el gobierno no tiene oposición; tiene opositores. Estos, que no tienen a quien dirigir, emplean otros métodos, que son la mentira, el rumor, la calumnia y la infamia. Estas normas solamente pueden tenerlas los hombres débiles, y ellos no encontrarán hombres débiles, sino hombres que están convencidos de que deban cumplir, y cumplirán peleando si es necesario”. (Discurso del 24-VI-1947, en la Secretaría de Trabajo)
“Señores: Pedimos paz para todo el mundo; pedimos tranquilidad y colaboración. Las fuerzas del mal, luchando con la injuria y la calumnia, están terminando con nuestra tranquilidad y paciencia. Hace un año y medio que toleramos lo intolerable, que estamos viviendo pidiendo tranquilidad, que no usen la infamia como lucha ni la calumnia como arma. Es menester que nos escuchen: Queremos paz, queremos tranquilidad, porque si algún día nos convencen de que para obtener esa tranquilidad es necesario luchar, lucharemos. Para llevar adelante la obra de gobierno es menester paz y tranquilidad. Nadie puede decir que el gobierno no ha pedido en múltiples ocasiones que los hombres se tranquilicen, que trabajen por el bien y no por el mal del país, que colaboren en la consecución de la paz, que trabajen en paz todos los argentinos. De manera que se mañana, Dios no lo quiera, llega el momento de imponer esa paz por la fuerza, estoy decidido a hacerlo…” (Del discurso del 23-VIII-1947)
“Después del gobierno, nuestro gobierno, el gobierno del pueblo, el gobierno de los descamisados, el gobierno de los pobres, de los que tienen hambre y sed de justicia. Se ha dicho que sin libertad no puede haber justicia social. Yo respondo que sin justicia social no puede haber libertad. Ustedes, compañeros, han vivido en la larga etapa de tan mentada libertad de la oligarquía, y yo les pregunto, compañeros, si había antes libertad o la había ahora. A los que afirman que hay libertad en los pueblos donde el trabajador esta explotado yo les contesto con las palabras de nuestros trabajadores: Una hermosa libertad, la de morirse de hambre” (Del discurso del 19-V-1949)
“Estos tres años de tolerancia se justifican, porque el movimiento peronista es un movimiento comprensivo y humanista; no es un movimiento de desorden, sino de orden; de amor, no de odio. Por esta razón se justifica que hayamos sido excesivamente tolerantes. Pero la tolerancia tiene también su dosis y su graduación y también su fin, y él ha de venir cuando los males que esa tolerancia pueda acarrear sean superiores a los bienes que pueda ocasionar una tolerancia inoportuna. En ese sentido es que debemos acentuar paulatinamente las tintas. No violencia ni rígidamente, pero dando una vuelta al tornillo todos los días” (Del discurso del 25-7-1949)
“Frente a nosotros se levantan grupos que, consciente o inconscientemente, directa o indirectamente, sirven a las fuerzas internacionales de la disociación. Ya una vez se aliaron con ellos… Y se reunieron en una sola mesa (se refiere a la Unión Democrática) los que aceptaron la ingerencia de un imperialismo y los que sirven a la ideología extremista de otro imperialismo. En aquella lucha venció el pueblo argentino, vale decir, venció la patria.” (Del discurso en la comida de camaradería de las fuerzas armadas, el 7-VII-1951)
“Sabemos que, frente a las fuerzas del bien, quedan los reductos de la reacción y de la regresión. Ellos tendrán también ocasión de decidir en las justas democráticas que se aproximan. Vencedores podrán imponer su voluntad; vencidos, esperamos que se sometan a la suprema decisión del pueblo” “Lo que si deben saber es que ni la ayuda foránea, ni el desorden, ni las malas prácticas les ayudarán a doblegar la voluntad y la decisión que nos anima. Somos un pueblo consciente que conscientemente desea hacer su deber y su destino. Si para ello es menester morir, eso será solo un detalle frente a la inmutable ley de la lucha por los ideales, la grandeza y la dignidad de la patria”. (Del Discurso del 22-VIII-1951, en la proclamación de la fórmula presidencial por la CGT.)
(se oye una explosión) “Compañeros, estos, los mismos que hacen circular los rumores todos los días, parece que hoy se han sentido más rumorosos, queriéndonos colocar una bomba (otra explosión). Ustedes ven que cuando yo, desde aquí, anuncie que se trataba de un plan preparado y en ejecución, no me faltaban razones para anunciarlo” (2). “Compañeros: Creo que según se puede ir observando, vamos a tener que volver a la época de andar con el alambre de fardo en el bolsillo” (NOTA del transcriptor: como usaban los Mazorqueros de Rosas, en los tiempos de su Tiranía que fue la primera)
(La multitud aclama ¡Perón! ¡Perón! Y dice: leña, leña.) “Eso de dar leña que ustedes me aconsejan, ¿Por qué no empiezan ustedes a darla? Compañeros: Estamos en un momento en que todos debemos prepararnos seriamente, porque la canalla no descansa, porque están apoyados desde el exterior…” “Decía que es menester velar en cada puesto, con el fusil al brazo… Todo esto nos está demostrando que se trata de una guerra psicológica organizada y dirigida desde el exterior, con agentes en lo interno. Hay que buscar a esos agentes, que se pueden encontrar si uno está atento y donde se los encuentre, colgarlos de un árbol… Pero, compañeros, quiero decirles que las organizaciones, nuestros partidos políticos y cada ciudadano de la República tienen es estos momentos la responsabilidad de enfrentar con hombría y con decisión todo ataque llevado subrepticiamente a la república. El gobierno, el estado y el pueblo unidos son invencibles; solo falta que nos decidamos a realizar. Yo no podría pedirle al pueblo el apoyo para otra cosa, pero para eso le pido y deseo el apoyo total y sincero del mueblo. Ese apoyo ha de ser para combatir a los malos peronistas y a muchos que se mueven entre nosotros disfrazados de peronistas. Para eso, especialmente, necesitamos el apoyo del pueblo, el apoyo desinteresado, el apoyo sincero, el apoyo que nos puede llevar a la depuración de la República y de nuestras propias fuerzas. Por eso debo anunciarles a todos los compañeros, especialmente trabajadores, que para nuestro movimiento empieza una nueva etapa, una etapa que ha de ser de depuración, una etapa que ha de ser de energía terrible para los que sigan oponiéndose a nuestro trabajo. Si para terminar con los malos de adentro y los malos de afuera; si para terminar con los deshonestos y los malvados es menester que cargue ante la historia con el título de tirano, lo haré con mucho gusto. Hasta ahora he empleado la persecución; en adelante emplearé la represión. Y quiera Dios que las circunstancias no me lleven a tener que emplear las penas más terribles” (la turba grita: ¡La vida por Perón! ¡La vida por Perón!) (Del discurso del 15-IV-1953 en el mitin de adhesión de la CGT a la política del ex presidente.) (Esa noche las bandas de asalto quemaron el Jockey Club, La Casa Radical, La Casa del Pueblo y la sede del Partido Demócrata Nacional.)
“Es indudable que existe, indiscutiblemente, una acción organizada para preparar el descrédito del gobierno mediante el ataque directo a sus componentes”. “…como norma natural, frente a una oposición encontrada y violenta que no se aviene a acomodarse a las formas normales o naturales de la convivencia política, no podemos emplear otro sistema que el mismo que ellos emplean: sino estaríamos expuestos a tener que perder nuestro tiempo en solucionar los problemas que ellos nos van presentando en todas las ocasiones.” (La noche anterior fue quemado el Jockey Club y la sede de tres partidos políticos.) (Del discurso del 16-IV-1953, en reunión de gobernadores de provincia.)
“Hace 15 días la sangre generosa de cinco compañeros fue vertida en esta plaza por la mano traidora de la reacción. Esa misma traición, servida desde el interior, a sueldo desde el exterior, pretende alterar el orden de la República.
“…Los radicales -autores, según parece, de los cinco asesinatos- (3) han producido su consabida declaración, su consabido manifiesto de siempre. En él repudian que el pueblo les haya desocupado la covacha inmunda de sus porquerías. También repudian que se hayan destruido otros edificios, pero olvidan que cinco trabajadores argentinos han perdido la vida. Yo les pido, compañeros, que no quemen mas ni hagan esas cosas. Porque, compañeros, cuando haya que quemar, voy a salir yo a la cabeza de ustedes a quemar. Pero entonces, si eso fuera necesario, la historia recordaría la más grande hoguera que haya encendido la humanidad hasta nuestros días. Los que creen que nos cansaremos se equivocan. Nosotros tenemos cuerda para cien años. Por eso, hoy, el Día del Trabajo, debemos juramentarnos todos los trabajadores para vencer, cueste lo que cueste y caiga quien caiga. Que para ello, compañeros, nos sirva de acicate el recuerdo del crimen de Chicago y los miles de crímenes que se están planeando en sus cercanías.” (Del discurso del 19/V/1953.)
Refiriéndose a los sacerdotes a quienes se acusaba de intromisión en las organizaciones gremiales, dijo: “Están fuera de la ley de la Nación y fuera de la ley de Dios. De manera que ya sabemos nosotros lo que vamos a hacer con esos señores. No hay ninguna ley de la República que impida se tomen medidas contra cualquier ciudadano, sea éste de una profesión o de la otra, que delinque contra las buenas costumbres o contra las leyes de la República. A los que así lo hagan los sometemos a la ley y hemos de ver si ganan ellos o gana la ley. En cuanto a la acción de la organización (La Acción Católica Argentina A.C.A.) procederemos de la misma manera… Toda organización que se considere que no cumple con fines de su estatuto debe ser inmediatamente intervenida y clausurada y hacer el proceso correspondiente para ser condenados sus jefes por acción ilícita o por asociación ilícita, cualquiera sea el título que tenga. En cuanto a los ciudadanos estudiantes, ocurre más o menos lo mismo. Son los políticos que están tratando de meter lios a esos estudiantes. Lo único que van a ganar esos estudiantes es que van a perder la carrera. A nosotros nos conviene que lo hagan, porque así vamos a limpiar las universidades de esos estudiantes crónicos que nunca estudian y que se dedican a ser dirigentes estudiantiles durante 40 o 50 años, como también de los políticos metidos dentro de la juventud para mal aconsejarla y para llevarla a provocar desorden.. Pero de todo esto que venimos conversando surge una conducta que nosotros debemos observar. Tenemos que tomar las medidas que corresponde tomar. Tenemos los resortes legales para hacerlo y hemos de tratar de promover también en nuestras organizaciones la acción enérgica y necesaria para neutralizar cualquier acción que se pueda realizar desde otra dirección”.
“…Lo que hay aquí es la preparación de un clima para la alteración del orden público; eso es lo que hay y eso es lo que nos debe preocupar: evitar que se cree el clima de alteración del orden público. Y para eso debemos proceder con toda energía, pero absolutamente con toda energía”.
“A todo político que anda alterando el orden hay que ponerlo en un lugar donde no altere más. No interesa quien es ni cuántos son. A todo el que no quiera vivir tranquilo y en orden, hay que sacarlo de circulación y ponerlo donde no pueda alterar el orden.”
“Yo tengo las organizaciones peronistas, que me están pidiendo “piedra libre” hace más de un mes; pero, ¿Qué vamos a gastar pólvora en chimangos? ¿Para qué vamos a realizar una acción en masa contra cuatro o cinco gatos locos que están haciendo bochinche?”
“Todos los partidos que hay son adversarios del peronismo, porque si no, serían peronistas. Yo no apoyo otro movimiento que el peronista, y quien sostenga lo contrario no solamente es un falsario y un miserable sino un traidor a nuestro propio movimiento.”
“No tomar medidas enérgicas sin reflexionarlas. Pero, cuando uno las ha reflexionado y está convencido que es necesario tomarlas, hay que llevarlas hasta el último extremo.” (A los gobernadores de provincia en Olivos, el 10--/X/1954 para decidir una campaña en contra y la persecución a la Iglesia Católica.)
“Cuando en distintas formas, disfrazada de diferentes maneras, haciendo actuar a distintas fuerzas e ideologías, vemos pugnar a la oligarquía para rehacerse y comprobamos que se repiten fenómenos como los de la plaza San Martín; cuando la oligarquía se reúne por distintas causas o con diferentes pretextos, pero siempre con los mismos motivos, los conocemos por las caras, por los apellidos, por los automóviles y por las ceremonias que realizan. De manera que para engañarnos a nosotros les va a costar mucho, e indudablemente, así como ellos no descansan, nosotros tampoco descansaremos en ninguna circunstancia ni de ninguna manera.
Es indudable que estos son brotes oligárquicos disimulados –digamos- con algunas hojitas verdes. Es cuestión entonces, de empuñar el podador y cortarlos, y esa tarea la va a cumplir el pueblo, que es un jardinero maravilloso, cuando sea oportuno.
Lo que yo si se es que cuando el Pueblo tome medidas, que va a tomar cuando sea oportuno, yo no solamente no lo voy a obstaculizar, sino que cumpliré la palabra que ya empeñe en 1944 y que no he olvidado: cuando el pueblo salga a la calle yo no voy a ir detrás del pueblo; yo voy a estar delante del pueblo.” (Discurso del 9/XII/1954 en la CGT.)
Luego se produce el episodio de la bandera quemada, que amigos y enemigos consideraron odiosa pantomima, de efectos contraproducentes porque exacerbó los ánimos y aceleró los acontecimientos (NOTA del transcriptor: Perón manda a arriar la bandera argentina, que estaba en el mástil de la Plaza de los dos congresos, incinerarla e izar la bandera vaticana o papal para así echarle la culpa a los cristianos católicos por este episodio. Este mandato, sumado a su orden impartida para que queman la curia y varios templos y en especial la larga persecución y en muchos casos tortura a católicos, sacerdotes y laicos, llevará a que el Santo Padre Pio IX excomulgue al Coronel Perón).
El día del fracasado movimiento revolucionario (16/VI/1955), el ex mandatario quiere hacer caer la culpa de la matanza ocurrida, sobre las fuerzas sublevadas de la marina y califica a esta con los peores epítetos:
“Desgraciadamente no puedo decir lo mismo de la marina de guerra. Que es la culpable de la cantidad de muertos y heridos que hoy debemos lamentar los argentinos. Pero lo más indignante es que haya tirado mansalva contra el pueblo, como si su rabia no se descargase sobre nosotros, los soldados que tenemos la obligación de pelear, si no sobre los humildes ciudadanos que poblaban las calles de nuestra ciudad. Estos soldados que hoy combatieron por el pueblo argentino son los verdaderos soldados. Los que tiraron contra el pueblo no son ni han sido jamás soldados argentinos, porque los soldados argentinos no son ni traidores ni cobardes, y los que tiraron contra el pueblo son traidores y son cobardes”
Y para cubrir el Incendio de iglesias y del palacio arzobispal, incendio preparado y ordenado con antelación y en plena ejecución en momentos en que el gobernante estaba hablando, manifiesta:
“Todo ha terminado. Afortunadamente, bien. Yo no quiero que muera un solo hombre más del pueblo. Yo les pido a los compañeros trabajadores que refrenen su propia ira; que se muerdan, como me muerdo yo en estos momentos; que no cometan ningún desmán. No nos perdonaríamos nosotros que a la infamia de nuestros enemigos le agregáramos nuestra propia infamia”
Pero ya nadie le cree: ni adversarios ni partidarios.
(NOTA del transcriptor: La quema de Templos; de la Curia y de otros lugares trajo además de las pérdidas edilicias y humanas, la pérdida definitiva de documentos históricos, obras artísticas, cuadros, archivos, monumentos, objetos, etc. de gran valor histórico y cultural anteriores a la independencia y que venían desde los tiempos de la colonia. No solo fueron los templos de Buenos Aires los incendiados sino que la barbarie peronista se desarrollo en todo el país.)
Días después resuelve poner en práctica una nueva táctica de engaño, preparatoria de su propósito de “aniquilar a las fuerzas adversarias, dirigentes y perturbadores”, expresada en la Orden General Nº 1, y llama a todos a la conciliación y a que la oposición exprese su pensamiento (6/VII/1955):
“…nos disponemos con mayor buena voluntad escuchar a los hombres responsables, que encontrarán en nosotros no sólo la sinceridad y lealtad que anhelan sino también la buena voluntad y consideración que nos merecen como compatriotas y conciudadanos. Deben estar convencidos que no omitiremos esfuerzos y sacrificios en el servicio de la Nación y que la pacificación de ella es y ha sido siempre un imperativo de nuestro deber.”
Para reforzar estas mansas declaraciones e infundir plena confianza a los adversarios políticos, el 16 de julio de 1955, en reunión con los legisladores peronistas que habían ido a expresarle su adhesión y decirle que el 16 de junio cada uno de ellos estuvo en su puesto de combate, listo a sancionar cualquier ley que el Poder Ejecutivo deseara o necesitara, el ex mandatario declara:
“La revolución peronista ha finalizado: comienza ahora una nueva etapa, que es de carácter constitucional, sin revoluciones, porque el estado permanente de un país no puede ser la revolución. ¿Qué implica eso para mí? La respuesta es muy simple, señores: yo dejo de ser el jefe de una revolución para pasar a ser el presidente de todos los argentinos, amigos o adversarios.”
El 28 de julio (1955) reitera su decisión de dar terminado el período revolucionario.
En consecuencia, se confía en su palabra y los dirigentes políticos dicen con entera franqueza que la base fundamental de la pacificación es la libertad y que la “justicia social” peronista es una mentira, y una mentira mayor la cacareada “independencia económica”; y, como prueban sus aseveraciones, con ejemplos y razones incontrovertibles, el que había dejado “de ser el jefe de una revolución, para pasar a ser el presidente de todos los argentinos, amigos o adversarios”, teme que sus parciales adviertan la falacia de sus repetidas afirmaciones presentando al país en pleno florecimiento y felicidad, y, antes de que ellos ocurra, decide cortar en seco las menguadas libertades concedidas a la oposición y aprestar los medios de acción de su diabólica máquina de guerra totalitaria.
(NOTA del transcriptor: Perón autorizo a los dirigentes de la oposición, por breve tiempo, a que se exprese por los medios de comunicación, especialmente por radio. Recuérdese, que les era prohibido hacerlo por cualquier medio, recuérdese la censura que sufrió el diario “La Prensa” y su cierre, la distribución no equitativa del papel para imprimir los diarios –“La Nación” tenia comprimida en pocas hojas sus ediciones porque no se le entregaba papel, mientras que otros diarios oficialistas disponían de la cantidad que requerían sin problemas como es el caso del siempre servil al gobierno de turno diario “Clarín”- entre otras muchas censuras y violaciones a la libertad de expresión generadas desde el peronismo y el propio Perón. Una de esas fue la alocisión radial de Alfredo Palacios )
Téngase presente que no obedece a un impulso, sino a cálculo puro, tal como lo dijera él mismo muchas veces y últimamente el 6 de julio (1955), a los legisladores peronistas: “Nunca he sido hombre de pasiones ni impulsos; cuando yo hago una cosa la hago después de haberla meditado profundamente; no obedezco a ninguna insinuación ni inclinación sugerida, porque el responsable soy yo y yo defiendo como a mí me parece mi responsabilidad.”
En consecuencia, el 31 de agosto (1955), tras la farsa (4) de su “retiro del gobierno”, fundado en que no desea ser obstáculo a una paz que pudiera alcanzarse “sin mi intervención, evitando la resistencia de los que nos han cambiado en defensa de sus intereses o privilegios”. (De la nota que enviara al presidente del Partido peronista.)
Lanza nuevos denuestros contra la oposición, la culpa gratuitamente del asesinato de vigilantes y otras violaciones, la culpa de haber rechazado la paz que “generosamente” le ofreciera y decreta su eliminación, en los siguientes términos:
“Hace poco tiempo esta Plaza de Mayo ha sido testigo de una infamia más de los enemigos del pueblo. Doscientos inocentes han pagado con su vida la satisfacción de esa infamia. Todavía nuestra inmensa paciencia y nuestra extraordinaria tolerancia hicieron que, no solamente silenciáramos tan tremenda afrenta al pueblo y a la nacionalidad, sino que nos mordiéramos y tomáramos una actitud pacífica y tranquila frente a esta infamia. Esos doscientos cadáveres destrozados fueron un holocausto más que el pueblo ofreció a la patria. Pero esperábamos ser comprendidos, aún por los traidores, ofreciendo nuestro perdón a esa traición. Pero se ha visto que hay gente que ni aún reconoce los gestos y la grandeza de los demás. Después de producidos estos hechos hemos ofrecido a los propios victimarios nuestra mano y nuestra paz. Hemos ofrecido una posibilidad de que esos hombres criminales y todos se reconcilien con su propia conciencia. ¿Cuál ha sido su respuesta? Hemos vivido dos meses de una tregua que ellos han roto con actos violentos, aunque esporádicos e inoperantes. Pero ello demuestra su voluntad criminal. Han contestado los dirigentes políticos con discursos tan superficiales como insolentes; los instigadores, con su hipocresía de siempre, sus rumores y sus panfletos, y los ejecutores tiroteando a los pobres vigilantes en las calles. La contestación para nosotros es bien clara: no quieren la pasificación que les hemos ofrecido. De esto surge una revelación bien clara; quedan solamente dos caminos: para el gobierno, una represión ajustada a los procedimientos subversivos, y, para el pueblo, una acción y una lucha que condigan con la violencia a que quieren llevarlo.
Por eso, yo contesto a esta presencia popular con las mismas palabras del 45: a la violencia la hemos de contestar con una violencia mayor. Con nuestra tolerancia exagerada nos hemos ganado el derecho de reprimirlos violentamente, y, desde ya, establecemos como una conducta permanente para nuestro movimiento: aquel que en cualquier lugar intente alterar el orden en contra de las autoridades constituidas o en contra de la ley o la constitución, puede ser muerto por cualquier argentino. (Fragmentos del audio clic aqui)
Esta conducta, que ha de seguir todo peronista, no solamente va dirigida contra los que ejecuten, sino, también, contra los que conspiren o inciten.
Hemos de restablecer la tranquilidad, entre el gobierno, sus instituciones y el pueblo, por la acción del gobierno, de las instituciones y del pueblo mismo.
La consigna para todo peronista, esté aislado o dentro de una organización, es contestar a una acción violenta con otra más violenta. Y cuando uno de los nuestros caiga, caerán cinco de ellos.
Compañeros y compañeras: hemos dado suficientes pruebas de nuestra prudencia. Daremos suficiente pruebas de nuestra prudencia. Daremos suficientes pruebas de nuestra energía. Que cada uno sepa que donde esté un peronista estará una trinchera que defiende los derechos del pueblo. Y qe sepan también, que hemos de defender los derechos y las conquistas del pueblo argentino, aunque tengamos que terminar con todos ellos.
Compañeros: quiero terminar estas palabras recordando a todos ustedes y todo el pueblo argentino que el dilema es bien claro: o luchamos y vencemos para consolidar las conquistas alcanzadas o la oligarquía las va a destrozar al final.
Ellos buscarán diversos pretextos. Habrá razones de libertad, de justicia, de religión o de cualquier otra cosa, que ellos pondrán por escudo para alcanzar los objetivos que persiguen. Pero una sola cosa es la que ellos buscan: retrotraer la situación a 1943.
Para que ello no suceda estamos todos nosotros, para oponer a la infamia, a la insidia y a la traición de sus voluntades, nuestros pechos y nuestras voluntades.
Hemos ofrecido paz. No la han querido. Ahora, hemos de ofrecerles la lucha y ellos saben que cuando nosotros nos decidimos a luchar, luchamos hasta el final.
Que cada uno de ustedes recuerde que ahora la palabra es la lucha y la lucha se la vamos a hacer en todas partes y en todo lugar. Y, también, que sepan que esta lucha que iniciamos no ha de terminar hasta que no los hayamos aniquilado y aplastado.”
Cabe tener en cuenta que el plan anterior, a base de las masas obreras, se había resentido grandemente el 16 de junio, por cuyo motivo el ex mandatario procuraba ahora reanimar y excitar a los obreros, para recuperar su condición de “fuerza de choque”. El 16 de junio se los había “arreado” a la Plaza de Mayo, para que fueran a “defender al líder” (anexo 11) y allí habían comprobado su impotencia frente a las balas y las bombas revolucionarias, pues centenares de ellos quedaron en el lugar inmolados por la cobardía de quien, en vez de ponerse a la cabeza de ellos, como lo había dicho y repetido en tantas ocasiones, no tuvo empacho en declarar ese mismo día:
“Les hablo desde nuestro puesto de comando que, como es lógico, no puede estar en la sede del gobierno, de manera que todas las acciones que se han realizado sobre esa casa han sido tirando sobre un lugar inerme, perjudicando solamente a algunos ciudadanos que han muerto por el efecto de las bombas” (16/VI/1955, a las 18 horas)
Y dos días después completaba el cuadro de su vituperable actitud, diciendo:
“Se trataba, indudablemente, de un golpe de mano dirigido contra la Casa de Gobierno. Ese fue el objetivo centralizado de la intención del fuego y del bombardeo enemigo. Cuando el ataque se inició contra la Casa de Gobierno, nosotros, por nuestros servicios de información, ya habíamos sido advertidos con anterioridad, lo que nos permitió establecer inmediatamente nuestro puesto de comando y responder a las acciones que el enemigo inició sobre la Casa de Gobierno. Es indudable que de haber permanecido el gobierno en su sede natural, habría sido destruido” (diario La Nación del 18/VI/1955).
En consecuencia, el forzado entusiasmo guerrero de los obreros, puramente obreros, y el bastante incierto (aunque ruidoso) entusiasmo de los fanáticos y de los obligados por las gangas que disfrutaban, redujo la belicosidad de las masas peronistas a expresiones mínimas.
Por eso, para infundirles nuevos bríos, el ex mandatario había recurrido a la magia de su renuncia, que esgrimió en la jornada del 31 de agosto (1955), diciendo al final de su incendiario discurso de la tarde:
“Y ahora, compañeros, he de decir, por fin, que yo he de retirar la nota que he pasado, pero he de poner al pueblo una condición: que así como antes no me cansé de reclamar prudencia y de aconsejar calma y tranquilidad, ahora les digo que cada uno se prepare de la mejor manera para luchar…
Pueblo y gobierno hemos de tomar las medidas necesarias para definir con la mayor energía todo intento de alteración del orden. Pero yo pido al pueblo que sea él también un custodio. Si cree que lo puede hacer, que tome las medidas más violentas contra los alteradores del orden.”
Su objetivo era continuar gobernando (pues ya había lanzado la idea de una nueva reelección) y, para lograrlo, no se paraba en medios: estaba decidido a llegar hasta el crimen en masa, hasta “aniquilar y aplastar” a quienes quisieran impedirle imponerse a la voluntad de la República y perpetuarse en el poder.
2 El tribunal Superior de Honor del Ejército que juzgó al ex mandatario, en el capítulo de los “Cargos Imputados al Causante”, integrante de los fundamentos que preceden a su fallo del 26/X/1955, expresa que (anexo 12):
“La titulada ‘Alianza Libertadora Nacionalista’ (que después se llamó Alianza Popular Nacional) configuraba una de las fuerzas de choque de que disponía el ex presidente para la realización de su política personal, y la imputación tantas veces formulada por la ciudadanía, atribuyendo a los integrantes de aquella muchos de los actos de vandalismo cometidos en la ciudad, ha quedado terminantemente probada en actuaciones de carácter policial.”
“Es de pública notoriedad la vinculación del mandatario depuesto con la referida agrupación, a la que aquel, en declaraciones aparecidas en periódicos extranjeros, ha calificado de partido político integrado por ‘Hombres jóvenes y patriotas decididos.’”
Pero que, en realidad, era una banda constituida en gran parte por individuos al margen de la ley encabezados por un ex condenado por hurto y con ulteriores “antecedentes delictuosos por robo, hurto, extorción, defraudación, abuso de armas, estafa, etcétera”, y con captura recomendada inútilmente.
En el “Plan Político” del año 1951 (Capítulo II de la directiva general para los ministerios, organismos, reparticiones, etcétera), dictado por el ex mandatario por intermedio de Control de Estado, al referirse a los partidos políticos se expresa (anexo 13):
“El nacionalismo: En su parte opositora presenta una doble cara. Tiene su línea política definida con la cual aspira llegar al poder mediante formas constitucionales de acción y a su vez, posee un aparato de inteligencia para distribuir sus fuerzas en organismos del Estado, especialmente Fuerzas Armadas y clero; en forma tal, que sus equipos mantengan vinculaciones y contactos clandestinos.
La forma de actuar para atraer a este partido como adicto debe ser el apoyo moral y material a la fracción que ha dado pruebas de respaldar incondicionalmente al gobierno: la Alianza Libertadora Nacionalista.
Los órganos de lucha directa, cada uno en su esfera de acción, tenderán a cooperar o facilitar lo expresado en el párrafo anterior.”
A raíz de lo cual la Alianza Libertadora Nacionalista, pasó a depender directamente del ex dictador, como ‘Fuerza de choque’ y así actuó repetidas veces.
El ex presidente le definió como:
“Una verdadera fuerza de choque, totalmente ajena en su naturaleza y finalidad a lo que debe ser una agrupación o partido político. Tal organismo o fuerza de choque era utilizado para emplear la violencia, no sólo contra sus adversarios políticos, sino como tribuna insolente contra sus propios correligionarios. Dicha Alianza Nacionalista era subvencionada por el propio Perón. Además debo agregar en este orden de ideas, que era verdadera intención de Perón, armar la CGT y no solo eso, sino convocar una movilización militar, no por clases, sino por llamados individuales, eligiendo, por supuesto, a ciudadanos totalmente incondicionales a su persona.” (Del diario La Nación del 5/X/1955
La Alianza Popular Nacionalista era, por lo tanto, una verdadera banda de facinerosos, a órdenes directas del mandatario depuesto, tanto, que el Tribunal Superior de Honor considera deshonestas esas relaciones, porque “un general de la Nación, ni puede apoyarse en delincuentes comunes ni asumir públicamente su defensa sin mengua del prestigio que corresponde a la alta jerarquía que inviste”.
En las actuaciones de la Comisión Investigadora Nº 59 (anexo 14) no consta que los “jefes de manzana” encargados de quemar el barrio Norte de la Ciudad (de Buenos Aires) (anexo 9), pertenecieran a la rebautizada Alianza Popular Nacionalista, como tampoco que pertenecieran a la misma asociación los individuos que prendieron fuego y saquearon el 15/IV/1953, el Jockey Club, la Casa del Pueblo, la casa Radical y la sede del Partido Demócrata Nacional, ni los que cometieron iguales crímenes 16/IV/1955 contra el Palacio Arzobispal y las Iglesias de Buenos Aires, de Santo Domingo, San Ignacio, San Nicolás de Bari, San Miguel Arcángel, Nuestra Señora de la Piedad, San Juan Bautista y San Francisco. Ello podría significar que ha existido otra organización, del tipo de las que el Código Penal define como “asociación ilícita” y que habría sido la encargada de cumplir tales misiones.
Sin embargo, cabe de tener presente que en los noticiosos cinematográficos pasados en los días de la revolución pudieron verse individuos con brazales como los de la Alianza, facilitando la obra incendiaria de la curia eclesiástica el 16/IV/1955. ¿Serían de los halcones negros citados por la Comisión Investigadora Nº 59 (anexo 14)
3 Ya se ha visto anteriormente que el 15/IV/1953 en una concentración realizada en Plaza de Mayo por la Confederación General del Trabajo (CGT) para expresar su adhesión a la política del ex mandatario, concentración que no se justificaría cuando solo faltaban dos semanas para la obligada y tradicional del 1º de Mayo, si no existiera una expresa finalidad inconfesada, el ex jefe de gobierno aprovecha el sospechoso estallido de dos bombas durante el acto, para incitar a la violencia a las turbas peronistas. Horas más tarde ardían las cedes de tres partidos políticos opositores y del Jockey Club como respondiendo a un plan preconcebido, pues tanto por la elección de los objetivos, como por la tardía e inocua intervención de la policía y de los bomberos, en contra de lo que sus respectivos deberes les imponía, la “orden de arriba” era evidente.
El hecho se repite el 16/VI/1955, con características semejantes y como represalia por los ataques de la fracasada revolución de ese día. Pero, como a esta revolución se la supone promovida por los católicos, a causa de la insistente campaña oficial y partidaria contra la Iglesia Católica, ahora son blanco de las turbas organizadas los templos, en su mayoría reliquias históricas o de larga trayectoria tradicional en la vida de Buenos Aires, y, también, proceden al margen de su obligación los bomberos y las fuerzas policiales.
Tan inicuos atentados, que afectan la propiedad material de la Iglesia Católica y a sus autoridades y Afectan mucho más intensamente el sentimiento religioso y patriótico de la mayoría de los argentinos, no pueden ser obra de turbas irresponsables, ni pudieron realizarse sin la complicidad del ex primer mandatario.
“Este tribunal superior –dice el mencionado Tribunal de Honor- tiene la intima convicción de que en la Ciudad de Buenos Aires, cuyo jefe constitucional es el Presidente de la República, quien en ambas noches se encontraba en ella, no han podido realizarse tales actos sin su orden expresa, o, por lo menos, sin su anuencia o su tácita aprobación.
No se puede suponer que en un régimen con las características del que acaba de caer, funcionario alguno, por encumbrado que fuere, asumiera por si la iniciativa de ordenar o permitir sin el consentimiento del presidente de la República actos criminales de tanta trascendencia. Tampoco es admisible que, de no haber mediado la orden o el beneplácito del presidente, hayan sido mantenidos en sus puestos, después de los hechos, los funcionarios a cuyo cargo directo estaba la custodia del orden público y que hayan quedado en la más absoluta impunidad quienes realizan la parte material de los atentados.”
Antecedentes históricos abonan estas apreciaciones del Tribunal Superior de Honor, pues en le época luctuosa de la tiranía de Rosas el jefe de la Policía de Buenos Aires, Vicente Cuitiño, y sus secuaces de “La Mazorca”, continuaban en sus cargos y quedaban “naturalmente” impunes sus fechorías después de cada asesinato a mansalva realizado por ellos mismos y por orden o con la anuencia del ‘Restaurador de las Leyes’.
IV – Razonamiento
Ante los hechos comprobados, que ponen frente a frente, por un lado, el instrumento creado por la civilización y los sentimientos humanitarios de los pueblos libres y democráticos del mundo, para reprimir y proscribir el vandalismo anacrónico de unos pocos pero temibles individuos desorbitados y, por el otro, un verdadero gangster vesánico y amoral, secundado por una pandilla de individuos desalmados que pretendían imponer a sus conciudadanos por la barbarie y el terror –“cueste lo que cueste y caiga quien caiga”-, con oprobio y escarnio de la condición humana de estos y de su derecho a la existencia, por el solo delito de oponerse y combatir la voluntad, las doctrinas, las injusticias, las imposiciones, las exacciones, los crímenes y la impudicia del jefe de gobierno y de la canalla de esbirros y picaros que lo secundaban bajo la máscara del funcionario público o del partido político, la comisión investigadora Nº 2 estima de imprescindible necesidad que la cuestión sea llevada adelante hasta lograr el merecido y debido castigo del culpable principal de tan repugnantes delitos.
Al efecto y tras de consultar y estudiar la opinión del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (anexo 2), en cuanto a los alcances que podría tener la adhesión actual de la República Argentina a la Convención para la prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, con respecto a crímenes cometidos con anterioridad en el país; así como también acerca de la posibilidad de plantear a los firmantes y adherentes de dicha convención el caso de una acción internacional concurrente, en concordancia con el espíritu que inspiró y determinó la creación y la sanción de la misma y en contra de un acusado de todos o de varios de los delitos definidos por el artículo 2º de la convención, la comisión investigadora Nº 2 ha establecido la ordenación de los antecedentes respectivos en los términos siguientes:
1º- La Asamblea General de la Organización General de Naciones Unidas considera al genocidio y sus concomitantes como “delito de derecho internacional contrario al espíritu y a los fines de las Naciones Unidas”.
2º- El mismo organismo internacional estima que “para librar a la humanidad de un flagelo tan odioso se necesita la cooperación internacional”, y que los culpables de los delitos característicos sean castigados, “ya se trate de gobernantes, funcionarios o particulares”. Al efecto, sanciona en asamblea general, y con la unanimidad de sus 56 miembros presentes, la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (179ª sesión plenaria, del 9/XII/1948). La República Argentina votó esta convención, pero su gobierno no la ratificó ni propició la sanción de las leyes nacionales recomendadas en el artículo V de aquella.
3º- La Declaración de los Derechos Humanos (conocida como Protección Internacional de los Derechos del Hombre) “sienta como principios inviolables e imprescriptibles los derechos que caracterizan a la persona humana”. Entre dichos principios cabe mencionar especialmente el que establece:
“Los juicios originados por crímenes no políticos o actos contrarios a los propósitos y principios de las Naciones Unidas no constituyen persecución” (artículo 12) y, por lo tanto, “a los culpables de tales crímenes y actos no les alcanza el derecho de asilo establecido en el mismo artículo 12”.
4º- El artículo III de la convención determina que sean castigados los culpables de genocidio, de asociación para cometerlo, de instigación directa y pública para realizarlo, de tentativa de genocidio y de complicidad en el mismo delito.
Ahora bien, a todas luces es posible probar judicialmente que Juan Domingo Perón, ex presidente de la República Argentina, que, por convertirse en tirano y gobernar al margen de la Constitución y las leyes nacionales fue depuesto el 20/IX/1955 por la Revolución Libertadora, se halla incurso en los siguientes delitos:
a) Asociación para cometer genocidio (artículo III, inciso b de la Convención), por haber organizado y dirigido la Alianza Popular Nacionalista, que era una banda de facinerosos a sueldo del Estado destinado a sembrar el terror mediante actos de vandalismo contra los opositores al régimen gobernante;
b) Instigación directa y pública a cometer genocidio (artículo III inciso c), por su discurso del 15/IV/1953, en el cual, después de decir: “creo que, según se puede ir observando, vamos a tener que volver a la época de andar con el alambre de fardo en el bolsillo” (refiriéndose a un discurso suyo de años anteriores, en que aconseja a la multitud a armarse de sogas y alambres para colgar a los contrarios), respondió a las turbas que gritaban “¡leña, leña!”: “eso de la leña que ustedes me aconsejan, ¿Por qué no empiezan ustedes a darla?” y esa noche ardieron las cedes de tres partidos opositores y el Jockey Club.
También por su discurso del 31/VIII/1955, en el cual incitó a la violencia, autorizó a matar a los adversarios “en cualquier lugar” y en la proporción de cinco por cada peronista que cayera, y expreso: “…hemos de defender los derechos y las conquistas del pueblo argentino aunque tengamos que terminar con todos ellos”; agregando después: “que cada uno de ustedes recuerde que ahora la palabra es la lucha y la lucha la vamos a hacer en todas partes y en todo lugar. Y también que sepan que esta lucha que iniciamos no ha de terminar hasta que no los hayamos aniquilado y aplastado”; para terminar diciendo: “¡Desde hoy, han de venir acciones y no palabras!”.
c) Tentativa de Genocidio: (artículo III, inciso d), por su orden general Nº 1, con que ordenó la acción de sus “fuerzas de choque”, dándoles la “misión fundamental de aniquilar las fuerzas adversarias, dirigentes y perturbadores”, imponiéndoles la consigna: “al atentado, contestar con miles de atentados”, en la persona, la familia y los bienes de los opositores, cuya nómina acompaña y entre los cuales figuran hasta las representaciones diplomáticas de Chile, Estados Unidos y Uruguay. Además por haber organizado y preparado el incendio y destrucción del barrio Norte de Buenos Aires, como lo declara él mismo en reunión de gabinete.
d) Complicidad en el genocidio: (artículo III, inciso e), por haber permitido (si no es que lo ordenó) el incendio y destrucción de las cedes de los partidos Radical, Socialista y Demócrata Nacional y la casa Central del Jockey Club, en la noche del 13/IV/1953, a raíz de su discurso enconado de ese mismo día y por haber admitido (si no es que lo ordenó) la pasividad de la policía y los bomberos, que nada hicieron por impedir el saqueo y la destrucción ni por aprehender y castigar a los ejecutores materiales.
Asimismo, por haber permitido (si no lo ordenó el directamente o en plan preestablecido) el incendio y destrucción de la Curia Eclesiástica y nueve iglesias católicas de Buenos Aires en la noche del 16-17/VI/1955, como represalia por los bombardeos del reciente movimiento revolucionario.
Para la debida apreciación del caso que consideramos es preciso tener en cuenta que la falta de ratificación argentina de la citada Convención Internacional y de la concordante ausencia en el país de la legislación punitiva y preventiva, recomendada en el artículo V de aquella, por deliberada omisión del régimen depuesto, privan al gobierno de la Revolución Libertadora de los recursos y resortes jurídicos creados por dicho instrumento internacional.
(Nota del transcriptor: Hoy no se entendería así debido a la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad y además también es de tener en cuenta que cuando se juzgo a los jerarcas nazis no existían siquiera aún ni esta ni otras noemas internacionales sobre derechos humanos)
Pero desde que la impunidad de los culpables de tan repugnantes delitos es contra el espíritu de la Asamblea general de las Naciones Unidas, que sancionó la referida convención con el voto expreso de la República Argentina, y como el causante, consiente de aquella omisión y culpable de tales delitos, ha huido y se cobija hoy al amparo del derecho humano que proteje a los exiliados políticos en el campo internacional, la cuestión debe llevarse a la Organización de Estados Americanos y a la Organización de las Naciones Unidas, por vía diplomática correspondiente, para que, sin faltar a las prescripciones formales establecidas para la vigencia y efectividad de los resortes jurídicos contenidos en la convención del 9/XII/1948, aquellas entidades promotoras y fiscalizadoras de los compromisos interestatales promuevan el cumplimiento del principio de la cooperación internacional (tercer párrafo de los considerandos de la convención) y el del castigo de los culpables de los delitos de genocidio y concomitantes, recomendando a las partes contratantes firmantes y adheridas (artículo XI) que:
1º- Declaren a Juan Domingo Perón culpable de los delitos de asociación para cometer genocidio, instigación directa y pública a cometer genocidio, tentativa de genocidio y complicidad en el genocidio, que la Convención para la Prevención y sanción del Delito de Genocidio considera punibles en su artículo III.
2º- Declaren que, de conformidad con los términos del artículo XII de la Declaración de los Derechos Humanos, del 10/XII/1948, y a los del artículo VII de la Convención citada, dicho individuo no tiene derecho a ser amparado como exiliado político.
3º- Declaren al causante persona no grata y que, por lo tanto, no se autorizará su entrada ni su permanencia en el respectivo país.
4º- Declaren la interdicción judicial de los bienes que posea en el respectivo país hasta tanto pueda probar la propiedad legal de los mismos, enjuicio en el cual la contraparte sea el gobierno argentino.
V- Argumentación corroborante
A los fines de una información complementaria, cabe expresar que las declaraciones internacionales arriba mencionadas podrían encontrar fundamentos complementarios en las siguientes circunstancias:
a) El concepto de que la comunidad mundial no puede desentenderse de tales “crímenes”, según se expresa en el capítulo Cuestión de jurisdicción doméstica, de los antecedentes sobre la convención de referencia, publicados en la “reconciliación del Departamento de Información Pública de las Naciones Unidas”,, número 27, del 8/I/1948, y
b) En el precedente sentado, de que los “crímenes internacionales” han determinado la decisión internacional de que cualquiera que sea culpable de ellos puede ser juzgado y castigado, no sólo en su propio país, sino en cualquier país adonde huya (capítulo Crímenes internacionales, de los antecedentes arriba citados), aunque para ellos esté establecido el requisito de la adhesión previa a la convención que, en este caso, el interesado no realizó y no es admisible que se beneficie por ello.
De este modo, es de esperar que se produzca la sanción universal de quien abrigara las monstruosas ideas de asesinato en masa de un numeroso grupo de compatriotas y extranjeros indóciles a su despótica autoridad y de que se aplique el espíritu que moviera y determinara a las Naciones democráticas a sancionar la Convención Internacional del 19/XII/1948.
Para nosotros, los argentinos, los delitos concomitantes con el de genocidio, cometidos por ese mandatario, son mucho más graves que para los miembros de la ONU, porque implicaron una intencionada y prolija campaña previa de profunda perturbación espiritual del país realizada mediante la mentira, la amenaza, la persecución, la cárcel, las torturas y el despojo, con uso y abuso de la fuerza, de la coacción y de la venalidad; que quebrantó la dignidad, destruyo la honra, estimuló la servicia de los esbirros, anuló los derechos humanos, resquebrajó la economía general y se la burlo del pueblo, de su soberanía, de su buena fe, de sus tradiciones, de sus leyes, de sus creencias, de su orden social y de su moral más arraigada.
IV – Proposiciones
Fundada en las consideraciones que anteceden, la comisión investigadora Nº 2 (con la sola excepción de uno solo de sus miembros, quien formula una reserva en cuanto al encuadramiento legal del caso planteado) estima que, una vez resuelta la acción internacional aconsejada, corresponde dar intervención al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto para que, en el Plazo más breve posible:
1º- Estudie el procedimiento a seguir y la argumentación que mejor y más rápidamente pueda conducir a la consecución de las declaraciones y sanciones internacionales arriba sugeridas, y
2º- Lleve a cabo con toda decisión las cuestiones diplomáticas pertinentes a fin de paralizar cuanto antes la acción desquiciadora que puede estar dirigiendo el ex mandatario desde el extranjero.
Rodríguez Egaña – Florit. – Alejandro Ceballos. – Ramos Mejía. – Quintans. – Gowland Acosta.
Notas
(1) Corrobora y da la medida del proceder del ex mandatario para con los opositores lo ocurrido en el caso del doctor David Michel Torino, de Salta (anexo 15).
(2) Existen vehementes sospechas de que fue una maniobra del gobierno y la policía pues nunca se comprobó nada.
(3) Lo cual da gran verisimilitud a la hipótesis de que fue una maniobra del gobierno y la policía
(4) Aunque sea un testimonio desagradable, en su espontanea declaración pública del 4/X/1955 el ex vicepresidente pinta esta comedia con veracidad: “Cuando los acontecimientos estrechan su cerco alrededor de Perón y siente los impactos de la opinión pública agraviada por la quema de la bandera y de los templos, proyecta su penúltima farsa: el ofrecimiento de su renuncia al partido y a la CGT, en documento que es modelo de hipocresía y simulación.”
(Fuente: Documentación Autores y Cómplices de las Irregularidades Cometidas durante la Segunda Tiranía – Comisión Nacional de Investigaciones Vicepresidencia de la Nación - Tomo 1 – año 1958 – páginas 79 a 98)
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