Lo que usted encontrará en estas páginas son documentos históricos del período, sus transcripciones textuales y comentarios con citas y notas para comprenderlos mejor. Lea aquí la historia del peronismo que se oculta, se niega o tergiversa para mantener un mito que no es.

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TENGA EN CUENTA: Que vamos publicando parcialmente las transcripciones a medida que se realizan. El trabajo propuesto es ciertamente muy extenso y demandara un largo tiempo culminarlo. Por eso le aconsejamos volver cada tanto para leer las novedades.

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Comisión 12 Comisión Nacional de Energía Atómica (Anexo II - La responsabilidad juridica de Ronald Richter)

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APENDICE II
La responsabilidad jurídica de Ronald Richter

1º. - ¿Es Ronald Richter jurídicamente responsable? Esta comisión ha tenido a la vista (bibliorato 3, foja 514 a 527) un informe de que fue autor el doctor Carlos O. Franzetti, médico militar que estuvo algún tiempo en contacto personal con Richter, en Bariloche y en la Isla Huemul. Después de relatar numerosos episodios observados por el mismo dice (foja 522):
“Esta serie de episodios son los recogidos en forma unilateral; cada uno de los miembros que han actuado o actúan en el proyecto pueden reunir un cúmulo de los mismos, los que reunidos dan amplio margen como para reconstruir un individuo psicopatológicamente constituido”.
A continuación expone detalladamente cuestiones de psiquiatría, que esta Comisión no puede juzgar, para llegar a lo siguiente (foja 525):
“En estas circunstancias la responsabilidad jurídica del señor X (Richter) es nula y además es imposible limitar desde que fecha el señor X actuó bajo un período lúcido y cuando comenzó su estado crepuscular; pero si bien jurídicamente es un irresponsable, el hecho cometido escapa al delito contra las personas para transformarse en un delito no común contra el Estado, debiendo éste alejarse de la doctrina clásica y proponer al amparo de sus intereses”. (El “proyecto Huemul” no había sido abandonado).
No corresponde al cometido de esta Comisión Investigadora pronunciarse sobre esta cuestión, pero cree de su deber aconsejar que se pasen todas sus actuaciones al ministerio público, a los efectos a que hubiere lugar, a causa de las repetidas contradicciones y falsas manifestaciones en que ha incurrido Ronald Richter, que pudieran ser indicio de haber actuado con intención delictuosa, él y/u otros.

Ernesto E. Galloni (vocal) – José B. Collo (Secretario) – Teófilo B. Isnardi (presidente)

Fuente: Documentación Autores y Cómplices de las Irregularidades Cometidas durante la Segunda Tiranía – Comisión Nacional de Investigaciones Vicepresidencia de la Nación - Tomo 1 – año 1958 – páginas 683 a 684).

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