Lo que usted encontrará en estas páginas son documentos históricos del período, sus transcripciones textuales y comentarios con citas y notas para comprenderlos mejor. Lea aquí la historia del peronismo que se oculta, se niega o tergiversa para mantener un mito que no es.

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TENGA EN CUENTA: Que vamos publicando parcialmente las transcripciones a medida que se realizan. El trabajo propuesto es ciertamente muy extenso y demandara un largo tiempo culminarlo. Por eso le aconsejamos volver cada tanto para leer las novedades.

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Comisión 22 YPF Expediente 22-2 Uso de recursos de YPF para fines partidarios



 
Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPF)
 Expediente 22/2.

En cuanto al expediente Nº 22/2, el mismo se refiere a la finalización por parte de YPF de la gira de propaganda política denominada “Pro reelección del general Perón” que realizaran los hermanos Juan y Roberto Gálvez en el año 1951.

En el curso de estas actuaciones ha quedado debidamente comprobado que por sugernecia de la esposa del ex mandatario, el ex ministro de Industria y Comercio, José Constantino Barro, instruyó al entonces subsecretario de Energía y Minería, José Antonio Scremin, a fin de que adoptara todas las disposiciones necesarias para que se solventaran, con la partida que YPF tenía destinada a su propaganda comercial, los gastos que determinara la realización de la gira automovilística que con fines de publicidad política realizarían los mencionados hermanos Juan y Roberto Gálvez.

En tal virtud, verificada dicha gira, que abarcó todo el territorio de la República tocando sus principales ciudades, YPF abonó de su patrimonio facturas presentadas por los ajentes de la Ford Motor Co. y por la Firestone Argentina por prestación de servicios mecánicos y provisión de repuestos y cubiertas, habiendo suministrado además 5.000 litros de nafta y 500 litros de aceite sin cargo, que, imputó a gastos de la empresa. Tales circunstancias configuran los delitos de violación de las obligaciones de los funcionarios públicos y de malversación de caudales, por lo que, de acuerdo con lo previsto por el artículo 164 del Código de Procedimientos en lo Criminal, también se solicitó el traslado de estas actuaciones a la justicia penal especial de instrucción para el juzgamiento de los transportes.


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Marcha de la Libertad