La reforma electoral de Perón

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La reforma electoral de Perón


Por Ricardo López Göttig*


Con el triunfo de Juan Domingo Perón en los comicios generales de 1946, comenzó una serie de cambios sustanciales en la vida institucional de la República, acrecentando el poder estatal en detrimento de las libertades y el derecho de propiedad.

En 1949, el peronismo reformó la Constitución de la Nación y estableció, entre otras modificaciones, la reelección indefinida del primer magistrado y su elección directa, la elección directa de los senadores y la extensión del mandato de los diputados nacionales de cuatro a seis años, con renovación de la mitad de la Cámara cada tres años.

El 5 de julio de 1951 se presentó, con las firmas de varios legisladores peronistas -el entonces presidente de la Cámara de Diputados, Héctor Cámpora, entre otros-, un proyecto de reforma electoral ideado en la Casa de Gobierno y cuyo claro objetivo era otorgar una abultada mayoría de las bancas al partido hegemónico.

La mayoría impuso su criterio de constituir a la Cámara de Diputados en comisión y debatir en esa misma jornada la nueva ley de comicios, a pesar de las críticas de la exigua bancada de la UCR, cuyo vocero fue Arturo Illia, y del solitario diputado demócrata Reynaldo Pastor.

La nueva reforma resucitaba el viejo proyecto de circunscripciones uninominales de 1902, impulsado entonces por el presidente Julio Roca y el ministro del Interior Joaquín González, luego derogado por el presidente Manuel Quintana en 1905.

Sin embargo, el proyecto justicialista tenía una variante: en la Capital Federal y en las provincias de Buenos Aires, Entre Ríos, Córdoba y Santa Fe, los distritos se dividían en tantas circunscripciones como diputados debían elegir, menos dos, que se otorgaban a los dos candidatos más votados pero que no hubieran resultado electos en sus circuitos.

Asimismo, los territorios nacionales elegían diputados que contaban con voz pero no voto en el recinto, pero que sí podían votar en las comisiones parlamentarias.

El trazado de las circunscripciones lo definía cada legislatura provincial y, en el caso de que éstas no lo hicieran, su conformación era determinada por el Ministerio del Interior.

Y desde entonces se unificaron las elecciones para la fórmula presidencial, de senadores y de diputados nacionales en una misma fecha.

El debate parlamentario fue pobre y duró hasta las ocho de la mañana del día siguiente, cuando el proyecto fue aprobado por la abrumadora mayoría oficialista.

Las interrupciones a los representantes de la oposición fueron constantes y no faltaron los agravios (1).

El legislador de la UCR que más se distinguió por sus conocimientos fue Alfredo Vítolo, que cuestionó al nuevo régimen de comicios por perjudicar la representación de las minorías. Los diputados peronistas, por su parte, se limitaron a repetir los argumentos que varios decenios antes esgrimieron Joaquín González, Balestra, Mariano de Vedia y Alfredo Palacios, personajes a los que al mismo tiempo denostaban como “oligarcas”...

Los Comicios generales de finales de 1951 dieron la razón a la argumentación opositora, puesto que su presencia se redujo a la de un puñado en el Congreso, sobre todo gracias a los diputados “consuelo” que graciosamente les regalaba el régimen justicialista, que controlaba los medios de comunicación. Asimismo, el diseño de las circunscripciones uninominales respondió al fenómeno conocido como “gerrymandrism”, denominación que responde a las distorsiones imaginadas por el político Elbridge Gerry en los Estados Unidos a principios del siglo XIX, con el propósito de que la geografía electoral se adapte a la distribución favorable de las simpatías electorales para el partido gobernante, dibujando “salamandras” con los circuitos electorales, con curiosas formas que recuerdan a los cuadros de Kandinsky.

A este nuevo sistema electoral, debemos añadir las disposiciones de la ley de partidos políticos, que quitaba la personería jurídica a las fuerzas que apoyaran a otro binomio presidencial, como ocurrió en 1946, en los que la Democracia Progresista, el Socialismo y el Partido Comunista brindaron sus sufragios a la fórmula radical Tamborini-Mosca, en la llamada Unión Democrática.En 1953 se volvió a reformar la ley 14.032, reduciendo a uno el diputado “consuelo” en los cinco principales distritos electorales, con lo cual la presencia opositora se redujo a una minoría irrisoria, aun cuando recogía alrededor de un 40% de los sufragios en algunas provincias.

La ley 14.292 fue derogada por la Revolución Libertadora de 1955, ya que al convocar a la Convención Constituyente de 1957 implantó la representación proporcional, y restableció la Ley Sáenz Peña de lista incompleta para los comicios generales de 1958.
*Ricardo López Göttig es historiador, novelista e investigador asociado del ESEADE (Escuela Superior de Economía y Administración de Empresas).
NOTAS:
(1) Ver los debates parlamentarios en la actuación legislativa del diputado Nudelman transcriptos en su libro "
Justicia Social" a modo de ejemplo de lo que la mayoría autoritaria peronista hacía para impedir que la oposición hablara en el parlamento.