Lo que usted encontrará en estas páginas son documentos históricos del período, sus transcripciones textuales y comentarios con citas y notas para comprenderlos mejor. Lea aquí la historia del peronismo que se oculta, se niega o tergiversa para mantener un mito que no es.

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TENGA EN CUENTA: Que vamos publicando parcialmente las transcripciones a medida que se realizan. El trabajo propuesto es ciertamente muy extenso y demandara un largo tiempo culminarlo. Por eso le aconsejamos volver cada tanto para leer las novedades.

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Comisión 12 Comisión Nacional de Energía Atómica (Anexo I - Notas recibidas después del informe)

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ANEXO I (Notas recibidas luego del informe)

Después de redactado el informe anterior se han recibido en el seno de esta Comisión diversas comunicaciones de algunas de las cuales es conveniente hacer mención en este informe.

1. Nota del señor general don Nicolás Plantamura (foja 461), en respuesta de la que se le remitiera pidiendo diversas informaciones. Confirma que no asistió a la reunión en la que se decidió crear el “Centro Huemul” (véase foja 6), e ignora quienes estuvieron presentes.

Respecto del “informe Saborens” (véase foja 85 y sig.) manifiesta: “Que el documento de referencia fue adquirido con la opinión científica del señor capitán Beninson, que el precio fue convenido en Buenos Aires y que el suscrito (general Plantamura) tuvo intervención en las conversaciones de trámite no así en las de orden científico que no le concernían por no ser de su especialidad”. Finalmente expresa “que no tiene ningún elemento de juicio al respecto de irregularidades que se hubieran cometido en la Comisión y/o Dirección Nacional de la Energía Atómica”.

2. Ampliación de la declaración del señor coronel (R.) don Enrique P. González, quien se presentó espontáneamente para subsanar una divergencia entre su declaración entregada a esta Comisión Investigadora (foja 183) y la entregada anteriormente a la Dirección General Impositiva (foja 284). El declarante manifestó “que ratifica los datos consignados en la declaración jurada entregada a esta Comisión; y que la diferencia existente ha sido salvada oficialmente ante la Dirección General Impositiva, en fecha reciente”. Hace notar, además, que la divergencia entre las dos primitivas declaraciones juradas proviene, en parte, de que una de ellas sólo alcanza hasta el 31 de diciembre de 1954 y la otra comprende, casi todo el año 1955.

3. Contrato con la SACES. – Se ha recibido (26/I) la nota agregada al expediente (foja 455) firmada por el señor delegado interventor en la Facultad de Ingeniería, en respuesta de la que se le dirigiera según consta en este informe (capítulo VII, Nº 12); y en la que expresa: “Estudiadas las distintas cláusulas del contrato por el sistema de “costos y costas” no aparece –en líneas generales- ninguna cláusula que pueda considerarse fuera de las usuales en esta clase de convenios”.
La denuncia formulada por Ronald Richter al respecto resulta, degún esto, completamente infundada.
Fuente: Documentación Autores y Cómplices de las Irregularidades Cometidas durante la Segunda Tiranía – Comisión Nacional de Investigaciones Vicepresidencia de la Nación - Tomo 1 – año 1958 – página 680).

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